Revista CEMCI - Número 38
Trabajos de Evaluación: El desafío de los municipios andaluces contra el ruido. Breve estudio normativo, doctrina, jurisprudencia y líneas de acción.
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El desafío de los municipios andaluces contra el ruido. Breve estudio normativo, doctrina, jurisprudencia y líneas de acción.
José Llamas Iniesta
Sumario
Introducción.
Concepto de Ruido.
Evolución normativa.
- Derecho Internacional.
- Derecho estatal.
- Marco Normativo de la Comunidad Autónoma Andaluza.
Tratamiento Jurisprudencial
Conclusiones.
«Estaba allí, temblando de miedo. Y sentí un grito fuerte e infinito perforando la naturaleza»
Edvard Munch (1863-1944), pintó el cuadro El Grito.
1. INTRODUCCIÓN.
Aunque las autoridades romanas ya prohibían el trasiego de carromatos en horario nocturno para facilitar el descanso, el «ruido» al menos en su vis ciertamente contaminante, puede considerarse como un fenómeno relativamente moderno imbricado ineludiblemente en la evolución de los hábitos, la intensificación de ritmos y procesos de producción, y en definitiva el desarrollo de la sociedad contemporánea principalmente a partir de los años sesenta del pasado siglo. El ruido se incuba en un primer momento en la esfera de la incomodidad pero se convierte por reiteración, generalización o agravamiento en una particular forma de injerencia en el medio ambiente y en la salud humana al afectar notoriamente a la calidad de vida de las personas.
Como primera meta volante en el análisis de esta problemática diremos que, precisamente, el primer gran triunfo en esta carrera de fondo que es la batalla ciudadana frente a la «contaminación acústica» lo supuso el viraje conceptual del «ruido» en el Derecho moderno. De esta forma, algo importante cambia cuando el «ruido» deja de considerarse únicamente como una percepción subjetiva de «molestia» ampliamente utilizada por la tradición ius civilista, que se modulaba en función de los distintos umbrales de tolerancia determinados por los usos sociales de cada tiempo para adquirir ulteriormente carta de naturaleza objetiva en el ámbito administrativo.
A partir de ahí, y en lógica confrontación con la progresiva intensificación de las inmisiones sonoras descontroladas -especialmente en las grandes ciudades- comienza a tejerse un despliegue reactivo en el ámbito normativo y jurisprudencial con el objeto de propiciar mecanismos de protección frente a un fenómeno que llegado a determinados niveles, se considera un verdadero problema de contaminación medio ambiental que precisa ser atajado por las leyes pudiendo incluso afectar a la integridad física y moral de las personas expuestas de forma continua a esas fuentes de ruido.
La realidad es que a día de hoy las molestias ocasionadas por el ruido medioambiental en sus distintas y dispares fuentes de procedencia, siguen siendo un problema de primer orden para el ciudadano andaluz. A este efecto, el Ecobarómetro de Andalucía de 2013 (EBA ), ha venido destacando el ruido como una de sus preocupaciones nucleares, preocupación compartida con la suciedad en las calles y la falta de zonas verdes. Así mismo, los datos ofrecidos por el III Informe de Ruido y Salud DKV-GAES, en colaboración con Ecodes presentado en 2015 son demoledores al señalar que España es el segundo país más ruidoso del mundo, por detrás de Japón.
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La Revista CEMCI es una publicación trimestral del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional, Agencia Pública Administrativa Local de la Diputación de Granada.
Revista CEMCI - Número 38
ISSN 1989-2470
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