Número 34: abril a junio de 2017

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Revista CEMCI - Número 34

Tribuna: Equilibrio financiero municipal: sostenibilidad y liquidez óptima.

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Equilibrio financiero municipal: sostenibilidad y liquidez óptima.

José Manuel Farfán Pérez

Sumario

Introducción.

Concepto de sostenibilidad financiera.

Exceso de liquidez en las Entidades Locales.

Medidas actuales para la corrección de desequilibrios financieros.

Conclusiones.

1. INTRODUCCIÓN.

Desde la probación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPYSF), a diferencia de la normativa anterior, la Ley regula en un único texto normativo la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas. Esta ley ha provocado que las Entidades Locales hayan mejorado sensiblemente sus magnitudes económicas- financieras, pero paradójicamente, algunas Entidades Locales aplicando consecuentemente esta normativa y aún siendo beneficiadas por los mecanismos de pago a proveedores, presentan rasgos de falta de sostenibilidad financiera en sus finanzas locales.

Un grupo importante de Entidades Locales desde 2012 por medio de los planes de ajuste y a los Planes Económicos-financieros (PEF) han mejorado ostensiblemente su salud financiera. El control periódico y seguimiento de estos PEF parte del Ministerio de Hacienda y Función Pública, ha sido determinante para conseguir esos resultados. No existe otro método o técnica que permita volver al equilibrio financiero que no pase por utilizar la planificación financiera, pero todo método técnico o camino en el proceder de la planificación financiera para alcanzarse el objetivo de equilibrio financiero debe de cumplir una serie de requisitos insoslayables: una fase de elaboración y ejecución acertada, una formulación de objetivos coherentes y sobre todo un seguimiento del plan, con unas características concretas. Precisamente este seguimiento por parte del Ministerio de Hacienda y Función pública ha contribuido a su bondad.

Prueba de todo ello es que en el año 2014 (con una muestra del 93,7% de las Entidades Locales), y comparando el periodo 2010-2014, con criterios presupuestarios (sin considerar ajustes de contabilidad nacional), se ha pasado de una situación de saldos no financieros negativos a otra de saldos positivos. De forma global y en cifras: de -444,1 millones de euros a +6.979,6 millones de euros. Es decir, se ha pasado de un déficit en términos de contabilidad nacional, (sin ajustes), a un superávit considerable.

En términos de porcentaje del PIB y de acuerdo con la Contabilidad Nacional hemos pasado de un déficit en 2011 del -0,40% a un superávit de 0,64% para 2016, en definitiva un superávit de casi 7000 millones de euros.

Esto nos indica que las Entidades Locales se encuentran en la actualidad en una senda de equilibrio financiero y una recuperación total de las finanzas locales, a diferencia de lo ocurrido con el resto de AA.PP. Han salido reforzadas de la crisis, con más ingresos y disminución de la deuda. Los ingresos corrientes consolidados han pasado de 58.836 miles de euros en 2011 a 66.540 miles de euros en 2016. La deuda viva municipal se situaba en diciembre de 2016 en 24.927 millones, -si se excluye la deuda con el Fondo de Financiación de entidades locales-, está por debajo del 3 por ciento del PIB nacional, cantidad prevista inicialmente para 2020, pero que se cumplió ya el año pasado. Son cifras, según el Gobierno, que se sitúan en los niveles de 2008.

Como signo negativo ha existido una disminución del gasto de capital, (inversiones), en este periodo que ha pasado de 10.981 millones de euros en 2011 a 6.367 millones de euros en 2016. Este hecho tiene un impacto directo e indeseable en las inversiones para renovación de los equipamientos locales, que han quedado notablemente perjudicadas.

En términos generales nos encontramos con un aumento considerable de la salud financiera general de las Entidades Locales.

¿Pero qué ocurre con su sostenibilidad financiera?, ¿porque existe un gran desequilibrio financiero importante como es el exceso de liquidez?

En definitiva se ha mejorado la salud financiera de Entidades Locales pero con algunos desequilibrios financieros: como son un excesivo aumento de la liquidez y falta de sostenibilidad financiera local en algunos Ayuntamientos, además de bajada generalizada en los niveles óptimos de inversión local.

La liquidez cuando es excesiva y no puede ser utilizada en la prestación de servicios públicos: es ineficiente; y respecto a la sostenibilidad, observamos que aquellas Entidades Locales que ya tenían desequilibrios financieros permanentes siguen igual o, en la mayoría de los casos, han pasado a tener más desequilibrios financieros. Se da una paradoja de esta ley: " hace mas bueno al bueno y más malo al malo".

Explicar estas circunstancias (heterogeneidad en la sostenibilidad financiera y exceso de liquidez) justifica el análisis económico-financiero de la situación actual de las Haciendas Locales. Precisamente estos desequilibrios financieros son los que tratamos de describir en este artículo.

2. CONCEPTO DE SOSTENIBILIDAD FINANCIERA.

La sostenibilidad financiera está perfectamente definida en el artículo 4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera: “se entenderá por sostenibilidad financiera la capacidad para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit, deuda pública y morosidad de deuda comercial conforme a lo establecido en esta Ley, la normativa sobre morosidad y en la normativa europea.

Se entiende que existe sostenibilidad de la deuda comercial, cuando el periodo medio de pago a los proveedores no supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad”.

En síntesis sostenibilidad financiera es la suma de dos sumandos: capacidad para financiar compromisos de gasto y cumplimiento de los plazos de pago a proveedores. En términos financieros se traduciría en cumplir objetivos de liquidez y solvencia.

Hemos comentado que si en general se cumple el principio de equilibrio presupuestario, algunas Entidades Locales tienen problemas de sostenibilidad financiera.

Afortunadamente se empieza a observar qué tan importante como la Estabilidad Presupuestaria (criterio económico), es el cumplimiento de los plazos de pagos a proveedores (criterio financiero). En épocas pretéritas el panorama era observar Entidades Locales con superávit presupuestario o altos Remanentes de Tesorería pero con problemas de liquidez y solvencia. Es un acierto que las magnitudes económicas vayan de la mano de las financieras.

En el ejercicio 2012 la deuda local aumentó en un 1 % del PIB, como consecuencia de la financiación de pago a proveedores, programa diseñado en tres fases cuyo montante total estuvo en torno a los 11.500 millones de euros.

Esta transformación de deuda comercial en deuda financiera, que pasa a ser financiada a largo plazo, para aquellos ayuntamientos que estaban inmersos en los mecanismos de la morosidad, han transformado una deuda en exigible, cuando como deuda comercial simplemente no se pagaba. El efecto perverso es que una medida que es importante para mejorar los niveles financieros y la reputación de las Entidades locales, evoluciona hacia un nivel de endeudamiento mayor y una incapacidad para hacer frente a sus pagos, con la consiguiente pérdida de imagen. A continuación veremos qué medidas está tomando el Gobierno para solucionar la problemática de estos Ayuntamientos no sostenibles.

De la misma forma esa falta de sostenibilidad también se reflejan en las estadísticas de su periodo medio de pago (PMP), donde incumplen de forma permanente los plazos de pago previsto (en la actualidad 30 días), según cuantificación para determinar la forma de calcular el período medio de pago que se aprobó en el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del período medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la LOEPSF. Teniendo en cuenta que el PMP no coincide con el plazo real porque se comienza a computar a partir de los 30 días de entrada en el registro contable de la factura.

Es evidente la importancia de esta magnitud en relación con la lucha contra la morosidad y se ha conseguido de forma general con las modificaciones legislativas introducidas, y con la incorporación del PMP para cuantificar el plazo de pago de las Administraciones Públicas. Pero existe una heterogeneidad financiera local importante. En septiembre de 2016 un 11,7 % de las entidades locales analizadas presentan un PMP superior a 60 días (684 sobre 5.849).

Se corrobora esa heterogeneidad cuando analizamos el último informe de abril de 2017. Las Entidades Locales en régimen de cesión de impuestos (grandes municipios y Diputaciones Provinciales), su ratio de operaciones pagadas es de 23,87 días con un volumen total de pagos de 840.438.849,44 €, pero la ratio de operaciones pendientes es de 79,18 días, con un volumen total de operaciones pendiente de pago de 1.642.480.140,75 €. Al ser una media ponderada, la ratio de Periodo Medio de Pago Global es de 60,46 días. Más del doble de la legalmente prevista. Esto nos obliga a hacer cuatro consideraciones:

a) Las Entidades Locales en régimen de cesión, incrementan su PMP a medida que transcurre el tiempo, en octubre de 2014 por ejemplo teníamos un PMP de 24,78 días.

b) Tampoco cumplen los plazos los Municipios en Régimen General (variable) que en marzo de 2017 tenían un PMP de 53,12 días.

c) Si se excluyen aquellas Entidades Locales que su PMP es superior a 60 días, el resto tienen un PMP por debajo de 20 días. Lo que indica la heterogeneidad de las EELL y la necesidad de acometer planes especiales para esas Entidades Locales no sostenibles.

d) Es una muestra muy heterogénea, en un extremo podría estar la Diputación de Córdoba con un valor negativo de (12,05) días, o bien el Ayuntamiento de Madrid con un valor positivo de 11,72 días; y en el otro extremo podría estar el Ayuntamiento de Jaén con un valor positivo de 468,75 días.

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La Revista CEMCI es una publicación trimestral del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional, Agencia Pública Administrativa Local de la Diputación de Granada.

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ISSN 1989-2470

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